A partir del año tributario 2003, los contribuyentes de Primera Categoría, que sean
Sociedades de Personas, Sociedades de Hecho, Sociedades en Comandita por Acciones, respecto de los socios gestores y
comunidades que determina su renta en dicha categoría, ya sea, mediante contabilidad completa o simplificada o
Renta Presunta, y las Sociedades de Profesionales que tributen en la Primera o Segunda Categoría de la Ley de la Renta,
no deberán presentar la Declaración Jurada Anual sobre "Socios y Comuneros y su Participación en la Sociedad o Comunidad", Formulario
1824.
Por este motivo, es necesario que las
sociedades verifiquen que la información relacionada con la nómina de socios y comuneros que el SII presenta en información de sus ingresos, agentes retenedores y otros, en el menú Renta
de su sitio web es la correcta. De lo contrario, según lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 5791, de 1997, el contribuyente deberá informar al SII de cualquier modificación, actualización o rectificación que se produzca en lo relacionado a la nómina de socios o comuneros de la sociedad. Este trámite se podrá
hacer a través del Formulario 3239 sobre Modificación y Actualización de la
Información, y su anexo 4416, en caso de ser necesario.
Puede obtener mayor información
relativa al tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas,
opción Información
y ayuda
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