Sí, se deben incluir en la Declaración Jurada 1879 las Boletas de
Honorarios Electrónicas recibidas junto con las boletas en papel.
Se hace presente que, a contar del Año Tributario 2020 se crea el "Registro
Anual sobre Retenciones efectuadas conforme a los artículos 42 N° 2 y 48 de la
Ley sobre Impuesto a la Renta", y exime a contribuyentes que se indican de la
obligación de presentar la Declaración Jurada Formulario N° 1879, mediante
Resolución Ex. N° 14, de 2020.
Puede obtener
mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú
Declaraciones Juradas,
Declaraciones juradas de renta,
opción Ayudas, donde encuentra el
Suplemento de Declaraciones Juradas.
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