Sí, un contribuyente que se encuentra en un Procedimiento Concursal de
Liquidación (antes declarado en quiebra) debe presentar Declaraciones Juradas de
Renta, en los períodos correspondientes. Esta obligación debe ser cumplida a
través de un liquidador de la quiebra (ex síndico de quiebras) quien oficia como
representante ante el SII.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio web del SII, en Servicios online,
menú Declaraciones Juradas, Declaraciones juradas de renta, opción Ayudas.
Adicionalmente puede obtener más información en la sección Normativa y
Legislación, opción Circulares, en
Circular N°
64, de 2015.
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