PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Declaraciones Juradas de Renta | Problemas o errores al enviar la declaración jurada

 Pregunta   ID:   001.007.4010.009  Fecha de Creación:   22/03/2006

¿Se debe presentar una Declaración Jurada 1879 por una Boleta de Honorarios recibida en papel cuando ya se presentó la Declaración Jurada Simple de Boletas de Honorarios Electrónicas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   29/08/2022

Recordamos que la Ley N° 21.242, de junio de 2020, estableció la obligatoriedad en la emisión de boletas de honorarios electrónicas, considerando los siguientes plazos:

  • Desde el 1 de enero de 2021 para aquellos contribuyentes que hayan emitido este documento tributario en formato electrónico hasta el 23 de junio de 2020.

  • A partir del 1 de julio de 2021 para todos los demás casos.

 

Respuesta anterior:

Sí, debe presentar la Declaración Jurada 1879, por todas las retenciones efectuadas, tanto por las boletas electrónicas como por las de papel.

La Declaración Jurada Simple de Boletas de Honorarios Electrónicas debe ser presentada cuando se reciban exclusivamente Boletas de Honorarios Electrónicas. En este caso, lo correcto es anular la Declaración Jurada Simple de Boletas Honorarios Electrónicas, ingresando al sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas, opción Enviar o Anular Declaración Jurada Boletas de Honorarios Electrónicas

Se hace presente que a contar del año tributario 2017, se elimina esta Declaración Jurada Simple.