¿Las embajadas o representaciones diplomáticas, acreditadas en Chile, están obligadas a presentar declaraciones juradas sobre retenciones del Impuesto Único por las rentas que paguen a sus trabajadores chilenos o extranjeros de nacionalidad distinta de la representación en que prestan sus servicios?
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No, las embajadas o
representaciones diplomáticas, no están obligadas a presentar declaraciones
juradas de Impuesto Único de Segunda Categoría a los trabajadores, contenida en
el Formulario 1887, sobre sueldos e Impuesto Único.
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