Al inscribir una nueva inversión en el Registro de
Inversiones en el
Extranjero, usted debe elegir una de las siguientes opciones para describir el
tipo de inversión adquirida:
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Acciones de no residentes: Inversión de cartera
(adquisición) en acciones de empresas residentes en el exterior.
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Acciones de residentes: Inversión de cartera en
Títulos de emisores residentes en Chile, colocados en el exterior, tales
como ADRs, URs, Cuotas de Participación en Fondos de Inversión, u otros
Títulos no mencionados anteriormente. |
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Derechos Sociales: Inversión de cartera (adquisición)
en Derechos de Sociedades residentes en el exterior. |
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Agencias o Establecimientos Permanentes: Apertura de
una extensión de la actividad de la empresa chilena en el extranjero,
mediante el establecimiento de una oficina en donde se desarrolle una
actividad formal que asume la representación total de la empresa,
pudiendo cerrar negocios en los términos que se indiquen. En el artículo
58 N ° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta se enumeran las
entidades que se encuentran bajo la denominación de establecimientos
permanentes, a saber: sucursales, oficinas, agentes o representantes. |
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Bonos y pagarés de no residentes: Colocación en el
mercado local de bonos emitidos por parte de entidades domiciliadas o
residentes en el exterior, conforme a la autorización otorgada por el
Acuerdo de Consejo del Banco Central de Chile Nº 1282-02-060727. |
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Bonos y pagarés de residentes en Chile colocados en
el extranjero: Emisión y colocación de bonos en los mercados
internacionales por personas domiciliadas o residentes en Chile. |
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Depósitos constituidos en el extranjero: Remesas de
capital al exterior destinadas a efectuar depósitos en personas
residentes en el exterior. |
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Otras inversiones: Remesas de capital al exterior
destinadas a adquirir cualquier otra inversión u otro instrumento de
inversión distinto de los mencionados. |
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