En el caso que existan dos o más comparables internos y la operación sea
analizada con el método de precio comparable no controlado (código 1) o por el
método de los residuales (código 6), se deberá informar el precio promedio de
los comparables utilizados, en pesos chilenos.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y
legislación, opción Resoluciones, específicamente en la Resolución N°71 de
2022
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