Sí, se pueden modificar registros
puntuales, además se puede Limpiar con botón e ingresar íntegramente la
Declaración Jurada.
La actualización se realizará
periódicamente con los cambios que se generen en la Boletas de Honorario
Electrónicas. Sin embargo, usted puede modificar la Declaración Jurada y
enviarla para que no tenga que esperar la actualización.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú
Declaraciones Juradas, opción Información y ayuda.
Tengase presente que a contar del año tributario 2020,
se crea el “Registro Anual sobre retenciones efectuadas conforme a los
artículos 42 N°2 y 48 de la Ley de Impuesto a la Renta”,
materia sobre la cual se instruye en
Resolución Exenta N° 14, de 2020
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