Cuándo los socios de Sociedades de Personas, que se encuentren sujetas al Régimen del Artículo 14, letra B), de la LIR, no han efectuado retiros, ¿la Sociedad está obligada a presentar la DJ 1941?
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Si los socios de una Sociedad de Responsabilidad Limitada no han efectuado retiros, la Sociedad no se encuentra obligada a presentar la DJ 1941.
Ahora bien, en el evento que existan retiros en exceso que se mantengan al 31.12.2016 y éstos se imputen al registro RAI y/o al registro DDAN y/o al Registro REX, entonces se deberá presentar la DJ 1941.
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