Se hace presente que la Ley de Modernización Tributaria
realiza modificaciones a los Regímenes Tributarios que afectan a los
contribuyentes de Primera Categoría, con vigencia a contar del 1 de enero de
2020.
Respuesta anterior hasta el 31.12.2019
En el caso de retiros o remesas al exterior, los
propietarios, comuneros o socios deben declarar en el Código 104 de la línea 1
del F-22.
Respecto de dividendos distribuidos a accionistas de
SPA, que tengan domicilio o residencia en Chile, deben declarar en el Código 105
de la línea 2 del F-22.
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