Se hace presente que la Ley de Modernización Tributaria
realiza modificaciones a los Regímenes Tributarios que afectan a los
contribuyentes de Primera Categoría, con vigencia a contar del 1 de enero de
2020.
Respuesta anterior hasta el 31.12.2019
A contar del 1° de enero de 2017, en el caso de los
contribuyentes sujetos al régimen de imputación parcial de créditos, una vez
rebajados los retiros del ejercicio, se imputarán los retiros en exceso
pendientes de tributación al 31.12.2016, y se gravarán cuando resulten imputados
del registro RAI y/o DDAN.
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