La Declaración Jurada F1945, debe ser presentada por las Organizaciones Sin Fines de Lucro (en adelante OSFL) que obtengan ingresos en dinero o en especies (percibidos) u otros, por montos superiores a 12.000 UF vigente al 31 de diciembre de cada año, por cualquier concepto, tales como donaciones, asignaciones, aporte de fundadores, cuota de asociados, aportes del Estado, aportes por derechos de imagen u otros intangibles, derechos de imagen de terceros, rentas clasificadas en el Artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y cualquier otro tipo de ingreso.
Los Partidos Políticos y las Corporaciones Municipales deberán presentar esta Declaración Jurada, independientemente del monto de ingreso que perciban durante el año.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, Servicios Online,
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Formularios y Plazos, haga clic en el nombre del F1945 y se desplegarán las
instrucciones para el llenado de la DJ. |