¿Cuál es el procedimiento de solicitud de prórroga para la presentación de alguna de las Declaraciones Juradas de Precios de Transferencia, formularios N°1907, N°1937, N°1950 y N°1951, ¿según lo establecido en el número 6 del Artículo 41 E de la LIR?
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La(s) solicitud(es) de prórroga de las Declaraciones Juradas de Precios de Transferencia deben ser presentadas vía internet a través de la página web del SII, opción Servicios Online, Peticiones administrativas y otras solicitudes, disponible en https://www.sii.cl/servicios_online/1037-1140.html, seleccionando la materia asociada a la prórroga del formulario respectivo.
Cabe hacer presente, que desde el año tributario 2024, aquellos contribuyentes que presenten las declaraciones juradas Formularios N° 1907, N° 1937, N° 1950 y N° 1951, entre el 1° de julio y el 30 de septiembre, se entenderá como una solicitud de prórroga concedida. A lo cual, este Servicio emitirá una Resolución en el mes de octubre del año tributario respectivo, individualizando al contribuyente y la prórroga otorgada, todo ello, de acuerdo a la Resolución Ex. SII N° 64, del 07 de junio del año 2024. |