Todas aquellas entidades matrices o controladoras de Grupos de Empresas Multinacionales (GEM) que tengan residencia en Chile para efectos tributarios, en la medida que los ingresos totales consolidados del grupo, en el periodo de declaración, sea al menos de 750 millones de euros, según el tipo de cambio observado al 1 de enero de 2015; o, en su defecto, aquella entidad integrante del GEM que, junto con tener residencia en Chile para efectos tributarios, haya sido designada como la única sustituta de la entidad matriz o controladora para efectos de presentar a nombre del GEM la Declaración Jurada “Reporte País por País” en la jurisdicción de residencia tributaria. |