PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Declaraciones Juradas de Renta | Información DJ 2022 | Régimen Pro Pyme General

 Pregunta   ID:   001.007.8103.003  Fecha de Creación:   10/02/2022

¿Cuáles Declaraciones Juradas deben ser presentadas por contribuyentes del régimen tributario Pro Pyme, para el año tributario 2022?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   19/06/2023

Deben presentar la declaración jurada (DJ) 1948:
Retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al Régimen Pro Pyme general.

Plazo de presentación:

Vence 14 de marzo de 2022: Para sociedades anónimas abiertas

Vence el 25 de marzo de 2022: Para sociedad con socios personas jurídicas

Vence el 30 de marzo de 2022: Para sociedad con socios personas naturales

Junto al F22 (empresarios individuales) 

Mayor información disponible en el sitio web sii.cl, sección servicios online, menú Declaraciones juradas, opción Declaraciones juradas renta, especialmente Resolución Exenta Nº 98, de 2020 y Resolución Exenta  Nº128,  de 2021