PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Declaraciones Juradas de Renta | Información DJ 2025 | Régimen Pro Pyme General

 Pregunta   ID:   001.007.8664.001  Fecha de Creación:   26/12/2024

¿Cuáles Declaraciones Juradas deben ser presentadas por contribuyentes del régimen tributario Pro Pyme, para el año tributario 2025?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   26/12/2024

Deben presentar la declaración jurada (DJ) 1948:
Retiros, remesas y/o dividendos distribuidos, o cantidades distribuidas a cualquier título y créditos correspondientes, efectuados por contribuyentes sujetos al Régimen Pro Pyme general.

Plazo de presentación:

Vence 14 de marzo de 2025: Para sociedades anónimas abiertas

Vence el 26 de marzo de 2025: Para sociedad con socios personas jurídicas

Vence el 28 de marzo de 2025: Para sociedad con socios personas naturales

Junto al F22 (empresarios individuales) 

 

Mayor información disponible en nuestro sitio web, en sección Normativa y Legislación, menú Resoluciones, encontrará la Resolución Exenta N°98, de 2020, Resolución Exenta N°70, de 2022 y Resolución Exenta N°85, de 2024.