Se recuerda, que la Ley N°20.727 de 2014 establece el uso obligatorio de la
factura electrónica, junto a otros documentos tributarios electrónicos como
liquidación factura, notas de débito y crédito y factura de compra. Los plazos
que tendrán las empresas para adoptar este cambio dependerán de sus ingresos
anuales por ventas y servicios y de su ubicación, si esta corresponde a una zona
urbana o rural, de acuerdo a calendario de incorporación que se ha establecido y
publicado en nuestro sitio web. Dentro de las ventajas que se destacan de la Factura Electrónica se pueden
mencionar las siguientes:
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Los contribuyentes que emiten Factura Electrónica no necesitan concurrir a las oficinas del SII a timbrar documentos, ya que la autorización de los folios
se realiza vía Internet, ahorrando tiempo, costo de traslado y
espera.
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Ahorro en costo
de impresión, despacho y almacenamiento de documentos
tributarios, porque no se requiere imprimir talonarios con
original y tres copias.
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Eliminación del riesgo de pérdida de documentos
tributarios físicos timbrados.
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Permite
verificar en línea la validez de los documentos tributarios
electrónicos.
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Operar con documentos tributarios electrónicos permite a los contribuyentes hacer importantes mejoras en sus procesos de negocio,
ya que: mejora la relación cliente/proveedor, permite diferir la
declaración y pago del IVA desde el día 12 al 20 de cada mes
(cuando se realiza la declaración y pago por Internet) libera de
algunas cargas tributarias (Cambio de Sujeto,
entre otros). |