¿Cómo deben ser conservados los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE)?

ID: 001.003.1455.007
Fecha de creación: 01/06/2004
Fecha de actualización: 26/02/2025

Los DTE deben ser conservados contemplando las siguientes situaciones:

  • Deben ser generados y guardados por el emisor electrónico en el formato XML (autorizado por el SII), el que corresponde a un lenguaje computacional estándar para definir documentos electrónicos. El contribuyente debe tener la posibilidad de acceder a la información almacenada para responder ante alguna solicitud del SII. Los documentos electrónicos emitidos constituyen el respaldo contable.

  • El receptor electrónico recibirá por los medios electrónicos que haya acordado con el emisor (actualmente e-mail) el DTE en formato XML y deberá utilizar este documento para respaldar su información contable.

  • Si el receptor de una Factura Electrónica es un contribuyente no autorizado para operar con este tipo de documentación; es decir, es un "receptor manual", el documento que recibirá y debe conservar es la versión impresa de la Factura Electrónica.

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