Es importante recordar que acorde a las Resoluciones
N°61
y
N°
68,
ambas de 2017, a contar del período de agosto de 2017, la IECV ha sido
reemplazada por el Registro de Compras y Ventas (RCV).
Respuesta anterior:
Sí, se deben registrar en los Libros de Compra y Ventas electrónicos las compras o ventas no electrónicas,
pues este libro debe contener el detalle de todas las operaciones de compras y ventas, tanto las respaldadas en documentos físicos como documentos
electrónicos.
Puede obtenerse mayor información relativa a este tema
en el sitio web del SII, Normativa y legislación, opción Resoluciones,
Resolución N° 45 de 2003.
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