¿Cómo puedo modificar una Guía de Despacho Electrónica cuando sólo se recibe una parte de la mercadería que menciona dicha guía?

ID: 001.003.3348.005
Fecha de creación: 12/08/2005
Fecha de actualización: 26/02/2025

La Guía de Despacho Electrónica no puede ser modificada (está firmada digitalmente). Al momento de registrarse en el Libro de Guías Electrónico, es necesario dejar constancia de esta situación a nivel de detalle, en el campo 2.

Frente a esta eventualidad, el emisor debe facturar la Guía de Despacho por el total y, posteriormente, emitir una Nota de Crédito por la diferencia no recibida por el comprador. 

Tenga presente que la Ley 21.131 de Pago a Treinta Días estableció cambios en la Ley del IVA, incorporando la Guía Electrónica a los documentos que deben ser emitidos electrónicamente, sumándose a las:

  • Facturas

  • Facturas de compra

  • Liquidaciones facturas

  • Notas de débito y crédito que emitan los contribuyentes.

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