| Sus características son las
siguientes, atendiendo, especialmente, lo instruido en la Resolución
Exenta N° 93, de 2005, y a otras normativas publicadas con respecto a los
Documentos Tributarios Electrónicos (DTE):   
 
  
    La factura va
firmada digitalmente por el emisor.
    
    La numeración es
autorizada vía Internet por el SII.
    
    Se debe enviar al
SII, vía Internet, un ejemplar de cada Factura de Exportación Electrónica que
el contribuyente emita.
    
    El cliente
extranjero puede consultar la validez y contenido del documento en
www.sii.cl, sección Servicios online, “Factura electrónica”, menú Sistema de facturación de mercado, opción
	Consulta
    de documentos tributarios electrónicos.
    
    Básicamente, tiene la misma estructura que la Factura Electrónica,  pero incorpora información específica asociada a la exportación. Por ejemplo, permite ingresar montos en moneda nacional y extranjera, identificar el medio de transporte y la compañía transportista, los puertos de embarque y desembarque, la modalidad de venta, la cláusula de compra venta, el valor de la exportación según cláusula de venta, el valor del flete y seguro, la identificación de los bultos e indicar el tipo de cambio, entre
    otros.
     Es más flexible y completa que la
    Factura de Exportación
    no Electrónica. Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online,
Factura electrónica, menú Sistema de facturación de mercado, opción Ayudas, Más información, 
Normativa
Factura Electrónica.
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