No, pues si bien en ambos casos se trata de
Documentos Tributarios Electrónicos, que reemplazan al documento físico en papel
y cuyas normas y procedimientos de operación se basan en la Resolución Exenta N°
45, de 2003, se trata de documentos de distinta naturaleza frente al IVA y de
distintas validaciones de esquema a nivel electrónico, concordada con
la Resolución Exenta N° 99, de 2019,
que modifica Resolución Ex. N°18 del 2003 y Resolución Ex. N° 45, del 2003,
eliminando la obligación de entregar un ejemplar impreso del DTE y deja sin
efecto Resolución N° 11, del 2003.
Puede obtener mayor información en el sitio web del
SII, sección Servicios online, menú Factura
electrónica.
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