PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Conozca sobre Factura Electrónica | Aspectos Generales | Definiciones | Factura de Exportación Electrónica

 Pregunta   ID:   001.003.3433.006  Fecha de Creación:   21/09/2005

¿Un contribuyente que no ha sido autorizado para ser emisor de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) puede emitir Facturas de Exportación Electrónicas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   09/03/2023

Se recuerda que los documentos de exportación electrónicos son obligatorios a contar del 17.01.2020, de acuerdo a lo establecido en Resolución Ex. SII N° 113 de 2019, posteriormente modificada por la Resolución Ex. SII N° 120 de 2019.

Respuesta anterior:

Sí, siempre y cuando se inscriba en el Sistema de Facturación Gratuito del SII o realice en forma previa la postulación al sistema en www.sii.cl, opción “Postulación Factura Electrónica”, a través de un representante legal del contribuyente interesado, autenticado con certificado digital, y que cumpla además de la certificación básica establecida en el Resolutivo segundo de la Resolución Exenta N° 45, de 2003, concordada con la Resolución Exenta N° 99, de 2019, (set de prueba asignado por el SII, simulación, envío de muestras de impresión, intercambio de información y declaración de cumplimiento de requisitos para Factura Electrónica, Nota de Crédito Electrónica y Nota de Débito Electrónica), con los requisitos adicionales de carácter técnico que respecto de las Facturas de Exportación Electrónicas haya establecido y publicado el SII en (www.sii.cl).

Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, sección Servicios online, Menú Factura electrónica.