PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Conozca sobre Factura Electrónica | Aspectos Generales | Definiciones | Libros de Compra y Venta Electrónicos

 Pregunta   ID:   001.003.6229.003  Fecha de Creación:   13/03/2012

¿Debo enviar la información Electrónica de Compras y Ventas (IECV) al SII, si no he emitido documentos tributarios electrónicos?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   23/03/2023

Es importante recordar que de acuerdo a las Resoluciones N° 61 y N° 68, ambas de 2017, a contar del período de agosto de 2017, la IECV ha sido reemplazada por el Registro de Compras y Ventas (RCV).

Respuesta anterior:

Si, la obligación de todo emisor electrónico es registrar y enviar al SII la IECV, tanto de documentos manuales como electrónicos. En caso de no tener movimientos, el envío se realiza sin información.

 

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución N° 45 de 2003.