El crédito fiscal se podrá utilizar desde el momento que se otorgue la
aceptación de los productos o servicios, o bien, pasados los 8 días contados
desde la recepción del documento en la base de datos del SII.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, donde
se encuentra la
Circular N°
56, de 2013 y
Circular N°
21, de 2015, concordadas con las
Circular N° 4 y
Circular N° 35, ambas de
2017. |