El crédito fiscal se podrá utilizar desde el momento que se otorgue la 
aceptación de los productos o servicios, o bien, pasados los 8 días contados 
desde la recepción del documento en la base de datos del SII. 
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, donde 
se encuentra la  
Circular N° 
56, de 2013 y 
Circular N° 
21, de 2015, concordadas con las 
Circular N° 4 y 
Circular N° 35, ambas de 
2017.  |