PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Herencias | Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones | Antecedentes generales | Herencias, asignaciones y donaciones

 Pregunta   ID:   001.160.1397.012  Fecha de Creación:   18/05/2004

¿Se debe pagar Impuesto a las Herencias si la tramitación de la posesión efectiva se realiza ante el Registro Civil?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   11/04/2023

El Impuesto a las Herencias, ya sean testadas o intestadas, se declaran en el Servicio de Impuestos Internos.

Tanto para las herencia testadas e intestadas, se declara en el F4412 virtual, el que se encuentra disponible en el sitio web del SII, en Servicios Online, menú Herencias, Impuestos a las herencias y donaciones; opción Declarar, consultar y rectificar herencias y donaciones (F4412). Una vez completada la declaración, debe enviar electrónicamente el formulario, y de no existir observaciones; o luego de haber acompañado los antecedentes requeridos por medio de expediente electrónico, se emitirá el giro correspondiente; y/o podrá acceder a los certificados de pago o exención del impuesto, según corresponda.

Puede obtener mayor información en Servicios Online, menú Herencias, opción Impuesto a las herencias y donaciones, sección Ayudas.

 Preguntas Relacionadas
  • ¿Cómo se calcula el monto sobre el que debe aplicarse el Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones?
  • ¿En qué tiempo prescribe la acción del SII para fiscalizar el pago del Impuesto a las Herencias?
  • ¿Qué ocurre si el Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones no se paga dentro del plazo?