PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Herencias | Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones | Plazos para la declaración del impuesto

 Pregunta   ID:   001.160.2075.008  Fecha de Creación:   06/12/2004

¿Existe un plazo para cancelar el Impuesto a las Herencias o sólo debe ser pagado al contado?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   02/02/2023

El pago de este impuesto y la posibilidad de pagarlo al contado o en cuotas debe ser consultado en la Tesorería General de la República (www.tesorería.cl), puesto que ella es la institución encargada de la recaudación de impuestos.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Legislación Tributaria Básica, Ley de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones.

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