Sí, una vez obtenida la Posesión Efectiva en el Servicio de Registro Civil e
Identificación y, para disponer de un bien inmueble es necesario solicitar el
Certificado de Pago o Exención del Impuesto a las Herencias.
Puede obtener mayor información relativa a este tema
en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Herencias.
Además en la sección Normativa y legislación, oción Circulares,
Circular N°12 de 2018. |