¿Cuáles son los parientes colaterales de tercero, cuarto, quinto o sexto grado para efectos del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones?

ID: 001.160.2727.007
Fecha de creación: 12/04/2005
Fecha de actualización: 03/02/2025

Los parientes colaterales de tercero, cuarto, quinto o sexto grado, para efectos del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones son:

  • Tíos del causante (persona fallecida): colaterales de tercer grado serán los medios hermanos del padre o madre del causante.

  • Primos del causante: colaterales de cuarto grado serán los hijos de medios hermanos del padre o madre del causante.

  • Hijos de primos del causante: colaterales de quinto grado serán los nietos de los medios hermanos de padre o madre del causante.

  • Nietos de los primos del causante: colaterales de sexto grado serán los bisnietos de los medios hermanos del padre o madre del causante

Normativa Relacionada