¿Es obligatorio señalar bienes excluidos de avalúo fiscal cuando se ha declarado dentro de la masa hereditaria un bien raíz agrícola?

ID: 001.160.8067.001
Fecha de creación: 18/11/2021
Fecha de actualización: 31/01/2025

Sí es obligatorio que en el F4412 indique los bienes excluidos del avalúo fiscal de inmuebles agrícolas, o que –en el caso de no existir bienes excluidos respecto de un bien, indique dicha circunstancia marcando el recuadro que dice “No tiene”. Si no selecciona dicho recuadro, o no indica los bienes excluidos que forman parte del bien raíz agrícola, no podrá enviar su declaración.

Debe tener en cuenta que los bienes excluidos de avalúo fiscal deben ser valorados conforme a su valor corriente en plaza, el cual debe estar debidamente fundado y documentado; o, estar basado en un informe técnico de valoración, para efectos de su justificación ante una eventual fiscalización.