Sí es obligatorio que en el F4412 indique
los bienes excluidos del avalúo fiscal de inmuebles agrícolas, o que –en el caso
de no existir bienes excluidos respecto de un bien, indique dicha circunstancia
marcando el recuadro que dice “No tiene”. Si no selecciona dicho recuadro, o no
indica los bienes excluidos que forman parte del bien raíz agrícola, no podrá
enviar su declaración.
Debe tener en cuenta
que los bienes excluidos de avalúo fiscal deben ser valorados conforme a su
valor corriente en plaza, el cual debe estar debidamente fundado y documentado;
o, estar basado en un informe técnico de valoración, para efectos de su
justificación ante una eventual fiscalización.
|