Si la donación se gestiona y tramita en el extranjero, los recursos deben ingresar a Chile a través del mercado cambiario formal, conforme al Compendio de Normas del Banco Central de Chile, y no están afectos a impuestos por su sola internación al país. En este caso, lo fundamental es conservar toda la documentación que acredite la donación realizada en el exterior y el ingreso bancario de los fondos al país. Esto permitirá a quien recibe la donación, justificar el origen de dichos recursos ante el Servicio si en el futuro realiza alguna inversión que motive una consulta por parte del SII, de conformidad con lo señalado en la Circular N°8 de 2000.