¿Qué pasos debo seguir para declarar una donación que se materializa en Chile cuando el donante es extranjero y no tiene RUT chileno?

ID: 001.160.8964.001
Fecha de creación: 12/05/2026
Fecha de actualización: 12/05/2026

Cuando la donación se materializa en territorio chileno, se deben cumplir dos etapas en forma consecutiva:

Primera etapa — Insinuación judicial: Toda donación cuyo valor exceda de dos centavos debe ser autorizada previamente por el juez competente. Este trámite, denominado "insinuación", es un requisito previo e indispensable para poder declarar el impuesto ante el SII.

Segunda etapa — Declaración y pago del impuesto: Una vez obtenida la resolución judicial que autoriza la donación, el donatario debe presentar su declaración en el Formulario 4412, denominado "Declaración de Impuesto a las Herencias y Donaciones", disponible en el sitio web del SII, accediendo con su RUT y clave tributaria o Clave Única. A dicha declaración se deben adjuntar la resolución judicial de insinuación, el contrato de donación —si existe— y los documentos que acrediten el valor de lo donado.

Respecto del donante extranjero sin RUT chileno, el sistema permite completar el campo correspondiente ingresando el número genérico 55.555.555-5, habilitado precisamente para identificar a extranjeros en esta situación.

Todo conforme al artículo 1401 del Código Civil.

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