Este impuesto entró en vigencia a partir del 1° de abril del 2022, conforme lo dispuesto en el artículo primero de las disposiciones transitorias de la Ley. Se devengó por primera vez el 1° de enero de 2023, considerando los bienes señalados, que fueron propiedad de los contribuyentes al 31 de diciembre del año anterior, impuesto que se debe girar y pagar en abril de cada año.