El Servicio de Impuestos Internos mediante resolución, en el mes de diciembre, publica en su sitio web y en el Diario Oficial, una nómina con los bienes afectos al presente impuesto, la que deberá actualizar trimestralmente.
En los casos en que un bien no estuviese indicado en la nómina, se considerará el Valor Normal de Mercado de otro bien de similares características, tales como marca, modelo, año de fabricación, peso o tamaño, capacidad de pasajeros o tripulantes u otras.