En caso de siniestro, el bien debe estar dado de baja en la entidad respectiva, esto es:
Para el caso de aviones y helicópteros, en la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC)
Para el caso de Yates, en la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR).
Para el caso de vehículos, en el Servicio de Registro Civil de Identificaciones (SRCeI).
Una vez dado de baja, deberá ingresar una solicitud de modificación por siniestro, en nuestra página web del SII en / Servicios online/ Impuesto a aviones, helicópteros, yates y vehículos de alto valor/ y seleccionar la opción: Consultar estado y solicitar modificación de mis bienes. Una vez autenticado con su clave tributaria (o clave única), se desplegará un listado con su(s) bien(es) registrados en el SII.
Para hacer la solicitud, debe identificar el bien que desee modificar por siniestro dentro del listado y en la última columna, llamada “Solicitud de Modificación”, pinchar el botón INGRESAR. Con esto se desplegará la pantalla para efectuar su solicitud. Deberá adjuntar el documento o certificado emitido por la entidad respectiva que acredite la condición de cancelación de la matrícula del bien mueble, y otros documentos que indiquen claramente la fecha del siniestro (Certificado compañía de seguros, informe técnico, parte policial, etc.).