¿Hay que declarar obligatoriamente el Formulario 50, aunque no se tenga movimiento?

ID: 001.130.0160.008
Fecha de creación: 01/09/2003
Fecha de actualización: 17/03/2025

No, los impuestos correspondientes al Formulario 50 se declaran cuando se produce el hecho gravado, por tanto, no debe ser presentado este formulario cuando no se tiene la obligación de declarar y pagar. Lo anterior implica, además, que no deben presentarse declaraciones "sin movimiento" o con valores cero.

Sólo puede presentarse un F50 sin pago en caso de que el impuesto de retención establecido en artículo 74 N°4 LIR sea cubierto totalmente por el crédito establecido en artículo 6° Ley 20.444.

El plazo para presentar el Formulario 50 varía de acuerdo con el impuesto que se declare. Además, hay algunos impuestos que se pueden declarar varias veces en el mes, ya que su vencimiento se define de acuerdo con la fecha del evento que lo genera.

Puede obtenerse mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, Impuestos mensuales, menú Declaración mensual (F50), opción Ayudas.