¿Cuál es el plazo para devolver los Créditos Fiscales a un pequeño productor agrícola?

ID: 001.130.0434.007
Fecha de creación: 05/09/2003
Fecha de actualización: 26/03/2025

El plazo para devolver los Créditos Fiscales será determinado por la Tesorería General de la República, previa autorización efectuada por el Servicio de Impuestos Internos, y debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a la presentación de la solicitud; vale decir, en julio y agosto, según normativa vigente.

Normativa Relacionada