No es posible recuperar el IVA de facturas que incluyen compras destinadas al desarrollo de la actividad al emitir boletas de honorarios, ya que la emisión de este último documento tributario corresponde a una actividad de la segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Además, la recuperación del Crédito Fiscal del IVA, soportado en las compras, es un derecho que otorga la ley bajo ciertas circunstancias a los contribuyentes de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, siempre y cuando desarrollen actividades de ventas o servicios gravados con IVA.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), Ayudas.