Sí, se puede declarar un Formulario 29 si se declaró previamente "sin movimiento". Para ello, corresponde presentar una declaración rectificatoria, por lo que los impuestos consignados en ella estarán afectos a multas e intereses por el atraso de dicho pago.
Las modificaciones a la declaración presentada pueden ser realizadas desde el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), Corregir o rectificar declaración. Adicionalmente, si existe algún inconveniente para realizar este trámite por Internet, deberá concurrir a la oficina del SII correspondiente al domicilio comercial del contribuyente.