Sí, los talleres artesanales son contribuyentes del IVA, independiente de que estén dedicados a la fabricación de bienes o a la prestación de servicios.
Además, los talleres tributan según el régimen general, pudiendo solicitar acogerse al régimen simplificado de tributación, según lo establecido en los artículos 1, 8 y 29 al 35 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.