No, pues los componentes seguridad y transporte de materiales no están incluidos en la definición de contratos de instalación o confección de especialidades. Este último, sólo comprende a aquellos que tienen por objeto la incorporación de elementos que adhieren permanentemente a un bien inmueble y que son necesarios para que éste cumpla, cabalmente, con la finalidad específica para la cual se construye, de acuerdo con lo señalado en el artículo 12 del Reglamento de la Ley Sobre Impuestos Impuesto a las Ventas y Servicios.