No, pues los componentes seguridad y transporte de materiales no están incluidos en la definición de contratos de instalación o confección de especialidades. Este último, sólo comprende a aquellos que tienen por objeto la incorporación de elementos que adhieren permanentemente a un bien inmueble y que son necesarios para que éste cumpla, cabalmente, con la finalidad específica para la cual se construye, de acuerdo con lo señalado en el artículo 12° del Reglamento de la Ley Sobre Impuestos Impuesto a las Ventas y Servicios.