Los intereses contemplados en el pago de una factura estarán afectos al IVA, en la medida en que estén relacionados con una operación gravada con este impuesto, complementado con el artículo 27° del Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Por su parte, los intereses contemplados en el pago de una factura, en la medida que estén relacionados con una operación no gravada o exenta de IVA, no estarán afectas a dicho impuesto.