¿Qué Unidad Tributaria Mensual (UTM) debe ser utilizada al rectificar un Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de períodos anteriores?

ID: 001.130.1531.009
Fecha de creación: 12/07/2004
Fecha de actualización: 28/02/2025

La UTM que debe ser utilizada al rectificar un Formulario 29 de períodos anteriores, es la correspondiente al mes en que se debió presentar la declaración original, según lo dispuesto en el artículo 27° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Esta materia puede ser consultada en Valores y fechas, opción UTM-UTA-IPC.

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