El Crédito Fiscal proporcional del IVA se produce cuando la adquisición que afecta a este impuesto es destinada, en forma simultánea, a generar ventas afectas y operaciones exentas o a hechos no gravados, y su monto se determina aplicando el mecanismo tributario dispuesto en el artículo 43 del Decreto Reglamentario de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, específicamente en su artículo 23° N° 3.