En términos generales, se tiene que en el recuadro actual del Impuesto a la Renta del nuevo Formulario 29 debe consignar las siguientes retenciones de impuesto, establecidas en los artículos 73 y 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta:
Retenciones sobre rentas de capitales mobiliarios.
Retención Impuesto Único a los Trabajadores. A nivel de la línea prevista para declarar este impuesto debe tenerse presente el crédito por donación de la Ley N° 20.444, de 2010 (Código 735).
Retención segunda categoría.
Retención directores de Sociedades Anónimas (S.A.).
Retención a suplementeros.
Retención por compras de productos mineros.
Retención sobre cantidades pagadas en cumplimiento de seguros dotales.
Retención sobre retiros de Ahorro Previsional Voluntario (APV).
Además, se deben declarar los Pagos Provisionales Obligatorios (PPM) de los contribuyentes de la primera y segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Se recuerda que los PPM voluntarios se declaran y pagan en el Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.