Sí, las declaraciones realizadas en el Formulario 50 pueden ser rectificadas por Internet, ingresando al sitio Web del SII, sección Servicios online, Impuestos mensuales, menú Declaración mensual (F50), opción Corregir o rectificar declaración.
Si es que no es posible realizar este trámite en línea, puede presentar dicha rectificatoria mediante una Petición Administrativa, ingresando a Servicios online, Peticiones Administrativas y otras Solicitudes, Peticiones administrativas y otras solicitudes, opción Ingresar petición administrativa y otras solicitudes, Peticiones Administrativas, donde debe seleccionar la Materia "Rectificatoria de formulario 50". También podrá concurrir a la oficina del SII correspondiente al domicilio comercial del contribuyente.