¿Pueden ser rectificadas las declaraciones realizadas en el Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo?

ID: 001.130.1641.008
Fecha de creación: 26/07/2004
Fecha de actualización: 17/03/2025

Sí, las declaraciones realizadas en el Formulario 50 pueden ser rectificadas por Internet, ingresando al sitio Web del SII, sección Servicios online, Impuestos mensuales, menú Declaración mensual (F50), opción Corregir o rectificar declaración.

Si es que no es posible realizar este trámite en línea, puede presentar dicha rectificatoria mediante una Petición Administrativa, ingresando a Servicios online, Peticiones Administrativas y otras Solicitudes, Peticiones administrativas y otras solicitudes, opción Ingresar petición administrativa y otras solicitudes, Peticiones Administrativas, donde debe seleccionar la Materia "Rectificatoria de formulario 50". También podrá concurrir a la oficina del SII correspondiente al domicilio comercial del contribuyente.

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