La rectificatoria de un Formulario de IVA, presentado dentro de plazo legal, no contempla un plazo determinado para su presentación, y si ésta sólo implica la modificación del monto del remanente de Crédito Fiscal IVA no correspondería la aplicación de multas. Sí se podrían aplicar reajustes, intereses y multas por el retraso en el pago de diferencias o impuestos no declarados (por ejemplo, un mayor Pago Provisional Mensual ).
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.