Sí, el IVA anticipado por Cambio de Sujeto en la venta de harina debe ser declarado en el actual Formulario 29 según las siguientes situaciones:
El comprador debe registrarlo en la línea 112, código 556 (Reverso del Formulario 29).
El vendedor debe registrarlo en la línea 121, código 555 (Reverso del Formulario 29).
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.