¿En qué línea del actual Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo debe ser declarado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las Facturas Electrónicas recibidas?

ID: 001.130.1901.013
Fecha de creación: 05/10/2004
Fecha de actualización: 10/03/2025

El IVA de las Facturas Electrónicas recibidas que den derecho a Crédito Fiscal debe ser declarado en la línea 28 (adquisición de bienes y servicios) y línea 31 (adquisición de activo inmovilizado) del nuevo Formulario 29.

Se informa, además, que el IVA por documentos electrónicos recibidos deben ser registrados en la línea 24, códigos 511 y 514, del Formulario 29, sólo en carácter informativo.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), Ayudas.